
Según el decreto presidencial al que tuvo acceso Elonce. Se trata de los feriados del 17 de agosto y del 12 de octubre.
En los días no laborables "el trabajo será optativo para el empleador", salvo en la administración pública nacional, provincial y municipal.
Es decir que en el ámbito privado el día "no laborable" queda supeditado a la voluntad del empleador y, a diferencia de los feriados, no se pagará el doble de la jornada al que lo trabaje. Es, como ejemplo, la misma modalidad que opera desde hace décadas con el Jueves Santo.
El primer fin de semana largo se dará en marzo, previo al inicio del ciclo lectivo, dado que el 4 y 5 de ese mes será Carnaval.
El segundo será en junio. El lunes el 17 se conmemora Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes. Esa misma semana habrá otro feriado: El jueves 20.
Luego habrá otro extra largo, pero no será para todos. Es que el 9 de julio cae martes y el gobierno determinó que el lunes 8 sea "día no laborable con fines turísticos".
El detalle de feriados
Enero1. Año nuevo.
Marzo
4 y 5. Carnaval. Feriado inamovible
24. Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. (Cae domingo)

2. Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Feriado inamovible
18. Jueves Santo. Día no laborable
19. Viernes Santo.
Mayo
1. Día del trabajador. Feriado inamovible
25. Día de la Revolución de Mayo. (Cae sábado)
Junio
17. Día Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes
20. Día Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.

8. Día no laboral con fines turísticos. Feriado inamovible
9. Día de la Independencia.
Agosto
17. Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín. (Cae sábado)
19. Día no laboral con fines turísticos.

12. Día del Respeto a la Diversidad Cultural. Feriado trasladable
14. Día no laboral con fines turísticos.
Noviembre
18. Día de la Soberanía Nacional (20/11).
Diciembre
8. Inmaculada Concepción de María. Feriado inamovible (Cae domingo)
25. Navidad.

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