La Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales hizo una presentación en la Justicia y pidió que se declare la inconstitucionalidad del decreto Nº 1.469/17, dictado en agosto último por el intendente de Paraná, Sergio Varisco, y por el que se pretende limitar la comercialización de pirotecnica en la ciudad. Pero mientras se tramita el recurso, pidió que se dicte una medida cautelar para que se “decrete en forma urgente” la suspensión de la vigencia de esa norma dictada por la Municipalidad.
La presentación se hizo ante el juez Civil y Comercial Nº 7, Martin Luis Furman, que este jueves corrió traslado de la acción judicial al gobierno de la ciudad, que tendrá cinco días par responder. El texto reclama que se “declare la inconstitucionalidad de los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11 , 12, 13, 14, 15 y 16 del decreto 1469/2017 sancionado por el Sr. Intendente de dicha municipalidad. En consecuencia, deje sin efecto todas y cada una de las ilegítimas prohibiciones a su mérito impuestas sobre la actividad pirotécnica y del fuego de artificio; actividad lícita de raigambre constitucional”.
Y además incluyó una cautelar, de modo de frenar su aplicación, aunque el juez Furman decidió otorgar al Municipio cinco días para responder, plazo que se cumple el martes, cuando ya habrá pasado Navidad, una fecha tradicional para la venta de pirotecnia. Y el fallo de fondo, especulan en la administración Varisco, se tendría para después de año nuevo. Aunque el abogado Walter Rolandelli, asesor legal de la Municipalidad de Paraná, se mostró confiado. “Que nos hayan dado un plazo de cinco días para responder implica que el juez ha desechado la cautelar”, resumió.
El decreto firmado por Varisco dispuso la prohibición “en todo el ámbito del municipio de Paraná la tenencia, uso, detonación, fabricación, comercialización o venta al público mayorista o minorista de todo elemento de pirotecnia y cohetería que no hayan sido calificados como de `venta libre´ por la Anmac”, la Agencia Nacional de Materiales Controlados, que reemplaza a lo que antes fue el Registro Nacional de Armas (Renar). También prohibió “la tenencia, uso, detonación, fabricación, comercialización o venta al público mayorista o minorista de todo elemento de pirotecnia y cohetería denominados ´mortero´ o morteros con bomba, y todo aquel que genere efecto audible o sonoro sea o no de ´venta libre´”.
También quedó vedado “la fabricación, venta, comercialización, expendio, entrega y/o suministro, cualquiera sea su modalidad, a título gratuito u oneroso, de globos aerostáticos; así como la utilización de los mismos, encendido, manipulación, suelta y/o liberación al ambiente desde recintos abiertos o cerrados, públicos o privados”.
“Las empresas co-actoras están desde ya legitimadas, por cuanto las prohibiciones impuestas en los términos del decreto atacado no hacen sino que liquidar la actividad comercial que hace a su objeto y razón de ser, con lo que enerva sus derechos de trabajar, ejercer toda industria lícita y de propiedad”, plantea el escrito de los vendedores de pirotecnia.
Uno de los argumentos que la Cámara de Pirotecnia reprocha al decreto de Varisco es que avanza sobre competencias que no le son propias. Al respecto, el texto de la presentación señala que “el principal agravio constitucional se funda en que la demandada -de hecho y sin competencia alguna- legisló en materia delegada con menoscabo de los arts. 121 y 126 de la Constitución Nacional; desconociendo, así, lo dispuesto por el Congreso de la Nación en los términos de la ley 20.429 y de su decreto 302/83. Y lo hizo, reiteramos, trazando una política que resulta incompatible y repugnante con la fijada por el gobierno central en virtud de las normas expuestas. Todo ello, en agravio a derechos de esta parte; ya que la resolución atacada, al imponernos prohibiciones frustratorias de derechos constitucionales no queridas por el legislador competente (que es el Congreso), comportó un claro supuesto de inconstitucionalidad”.
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